La Coalición Larga Vida a las Mariposas –CLVM-, confluencia
de organizaciones defensoras de derechos humanos que abogan por la libertad y
trato digno de las y los Prisioneros Políticos en Colombia, emite la presente
denuncia pública por los graves incumplimientos a la LEY 1820 DE 2016, su
decreto reglamentario y derechos fundamentales, conforme a los siguientes
hechos:
1. La CLVM acompaña la implementación del acuerdo de paz,
específicamente las medidas contempladas en el punto 5 del Acuerdo Final
correspondientes a los indultos, amnistías y en general la situación de las
personas privadas de la libertad procesadas y/o condenadas por pertenecer o
colaborar con las FARC–EP.
2. Desde la entrada en vigencia de la Ley 1820 de 2016, las y
los abogados de las ONG articuladas en la CLVM presentamos 724 peticiones de
Amnistía de Iure, Libertades Condicionadas y Traslados a ZVTN en beneficio de
las y los prisioneros integrantes de las FARC–EP, las cuales inicialmente
fueron negadas o suspendido su trámite hasta la expedición del Decreto 277 de
2017, a partir del cual se han concedido 138 amnistías de iure, 22 libertades
condicionadas y 38 traslados a ZVTN, negándose 14 libertades condicionadas,
mientras que el resto de peticiones se encuentra en trámite.
3. Identificamos una grave omisión de la ley y barreras de
acceso a la justicia por parte de jueces y fiscales, como la ausencia de
voluntad y negligencia para conceder los beneficios e inaplicabilidad del
principio de favorabilidad. Las negativas se han fundado en que: i) Las y los
prisioneros no están en los listados de las FARC-EP o no cuentan con
certificación de reconocimiento expedida por el Alto Comisionado para la Paz,
pese a que los delitos por los cuales han sido condenados o procesados se
atribuyen a las FARC-EP; ii) No está en funcionamiento la Jurisdicción Especial
de Paz; iii) No tienen acta de compromiso suscrita ante el secretario de la
JEP. A esta situación suma el irrespeto del término de 10 días para resolver
las peticiones de beneficios y las jornadas de paro de labores que adelantan
los Jueces de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, Tunja e Ibagué,
que impiden presentar nuevas peticiones o interponer recursos ante decisiones
negativas.
4. Por su parte, el Gobierno Nacional, en cabeza del Alto
Comisionado para la Paz, Sergio Jaramillo Caro, ha incumplido los acuerdos
pactados con las FARC-EP, ya que como procedimiento de reconocimiento se
estableció que las FARC-EP entregaría los listados de sus integrantes, habiendo
entregado a la fecha varios listados a la Oficina del Alto Comisionado para la
Paz (OACP) en los cuales reconoce a 2.736 prisioneros políticos como miembros
de su organización, de los cuales el gobierno únicamente ha expedido 1.156
certificaciones de reconocimiento, quedando 1.576 prisioneros políticos
perjudicados, ya que por la excesiva ritualidad de los operadores judiciales no
han podido acceder a los beneficios por falta de la certificación, lo que viola
los derechos fundamentales al Debido Proceso y Libertad de las personas
procesadas o condenadas por pertenecer o colaborar con las FARC-EP.
5. Así mismo, han sido incumplidos los compromisos adquiridos
por el Secretario Ejecutivo de la JEP, Néstor Raúl Correa, quien desde enero de
2017, asumió la responsabilidad de visitar prioritariamente a todas las
prisioneras y prisioneros integrantes de las FARC-EP para tomarles las respectivas
actas de compromiso, pero sólo hasta el mes de marzo inició su cronograma de
visitas, en las cuales los funcionarios de la JEP han actuado de manera
restrictiva, inicialmente limitando la toma de actas a los reconocimientos
certificados por la OACP y, posteriormente, congelando el cronograma de
visitas, por lo que más de la mitad de los prisioneros reconocidos por las
FARC-EP padecen la prolongación de la privación de la libertad a falta de este
requisito.
A este hecho hay que resaltar la violación a la dignidad
humana y al derecho a la igualdad cometidas por el Secretario de la JEP contra
las prisioneras y prisioneros integrantes de las FARC-EP, puesto que les ha
restringido la toma de actas siendo población prioritaria, mientras que en
lugares como el CRM de Valledupar sin listado ni filtro alguno ha tomado 70
actas de compromisos a militares, quienes fueron convocados de manera abierta a
la suscripción de las actas.
6. A pesar que la OACP ha venido siendo informada de la
situación de derechos humanos y humanitaria que padecen los prisioneros
políticos y demás población carcelaria, adquiriendo compromisos de hacer
seguimiento e intervenir en casos puntuales, a la fecha no se han visto
resultados favorables, por el contario la situación de salud y seguridad de
algunos prisioneros políticos se agrava, colocando en riesgo la integridad
física y vida de los mismos, o de sus hijos, como sucedió con el bebé de la
prisionera de guerra ROCIO CUELLAR GUEVARA, quien falleció por negligencia
médica y tramites burocráticos por parte de las autoridades penitenciarias, a
pesar que el tratamiento penal y penitenciario que se le debió dar a la
prisionera corresponde a un trato especial en marco de la justicia especial
para la paz.
La Coalición larga Vida a las Mariposas ha solicitado
audiencia a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a fin de hacerle
seguimiento al cumplimiento de la Ley de Amnistía como base para la
Construcción de la Paz Estable y Duradera, teniendo en cuenta que se encuentran
en riesgo el Acuerdo Especial de Paz y derechos protegidos por el Derecho
Internacional de los Derechos Humanos.
Así mismo, consideramos que tanto el gobierno como
autoridades judiciales han incumplido los principios y beneficios de la Ley
1820 de 2016, violentando los derechos fundamentales al Debido Proceso, la
Libertad, la igualdad y el principio de la Dignidad Humana de las personas
procesadas o condenadas por pertenecer o colaborar con las FARC-EP.
Por lo anteriormente expuesto, de manera pública solicitamos:
- Al GOBIERNO NACIONAL el cumplimiento del Acuerdo de Paz y
con celeridad expedirla totalidad de las certificaciones de reconocimiento de
la OACP.
- Al SECRETARIO DE LA JEP tomar prioritariamente la
suscripción de actas de todas las personas procesadas o condenadas por
pertenecer o colaborar con las FARC-EP.
- Al CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA intervenir para que
los Jueces de la Republica cumplan con la Ley 1820 de 2016 y su decreto
reglamentario, y sancionar a quienes omiten su deber constitucional.
- A los Países Garantes, Noruega y Cuba, y a los
acompañantes, Venezuela y Chile, intervenir para que el Estado Colombia cumpla
la Amnistía para la Paz.
Colombia, abril 20 de 2017.
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