jueves, 20 de abril de 2017

DENUNCIA PÚBLICA INCUMPLIMIENTOS DE LEY DE AMNISTÍA VIOLENTAN LOS DDHH Y EL ACUERDO FINAL DE PAZ




La Coalición Larga Vida a las Mariposas –CLVM-, confluencia de organizaciones defensoras de derechos humanos que abogan por la libertad y trato digno de las y los Prisioneros Políticos en Colombia, emite la presente denuncia pública por los graves incumplimientos a la LEY 1820 DE 2016, su decreto reglamentario y derechos fundamentales, conforme a los siguientes hechos:

1. La CLVM acompaña la implementación del acuerdo de paz, específicamente las medidas contempladas en el punto 5 del Acuerdo Final correspondientes a los indultos, amnistías y en general la situación de las personas privadas de la libertad procesadas y/o condenadas por pertenecer o colaborar con las FARC–EP. 

2. Desde la entrada en vigencia de la Ley 1820 de 2016, las y los abogados de las ONG articuladas en la CLVM presentamos 724 peticiones de Amnistía de Iure, Libertades Condicionadas y Traslados a ZVTN en beneficio de las y los prisioneros integrantes de las FARC–EP, las cuales inicialmente fueron negadas o suspendido su trámite hasta la expedición del Decreto 277 de 2017, a partir del cual se han concedido 138 amnistías de iure, 22 libertades condicionadas y 38 traslados a ZVTN, negándose 14 libertades condicionadas, mientras que el resto de peticiones se encuentra en trámite.

3. Identificamos una grave omisión de la ley y barreras de acceso a la justicia por parte de jueces y fiscales, como la ausencia de voluntad y negligencia para conceder los beneficios e inaplicabilidad del principio de favorabilidad. Las negativas se han fundado en que: i) Las y los prisioneros no están en los listados de las FARC-EP o no cuentan con certificación de reconocimiento expedida por el Alto Comisionado para la Paz, pese a que los delitos por los cuales han sido condenados o procesados se atribuyen a las FARC-EP; ii) No está en funcionamiento la Jurisdicción Especial de Paz; iii) No tienen acta de compromiso suscrita ante el secretario de la JEP. A esta situación suma el irrespeto del término de 10 días para resolver las peticiones de beneficios y las jornadas de paro de labores que adelantan los Jueces de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, Tunja e Ibagué, que impiden presentar nuevas peticiones o interponer recursos ante decisiones negativas.

4. Por su parte, el Gobierno Nacional, en cabeza del Alto Comisionado para la Paz, Sergio Jaramillo Caro, ha incumplido los acuerdos pactados con las FARC-EP, ya que como procedimiento de reconocimiento se estableció que las FARC-EP entregaría los listados de sus integrantes, habiendo entregado a la fecha varios listados a la Oficina del Alto Comisionado para la Paz (OACP) en los cuales reconoce a 2.736 prisioneros políticos como miembros de su organización, de los cuales el gobierno únicamente ha expedido 1.156 certificaciones de reconocimiento, quedando 1.576 prisioneros políticos perjudicados, ya que por la excesiva ritualidad de los operadores judiciales no han podido acceder a los beneficios por falta de la certificación, lo que viola los derechos fundamentales al Debido Proceso y Libertad de las personas procesadas o condenadas por pertenecer o colaborar con las FARC-EP.

5. Así mismo, han sido incumplidos los compromisos adquiridos por el Secretario Ejecutivo de la JEP, Néstor Raúl Correa, quien desde enero de 2017, asumió la responsabilidad de visitar prioritariamente a todas las prisioneras y prisioneros integrantes de las FARC-EP para tomarles las respectivas actas de compromiso, pero sólo hasta el mes de marzo inició su cronograma de visitas, en las cuales los funcionarios de la JEP han actuado de manera restrictiva, inicialmente limitando la toma de actas a los reconocimientos certificados por la OACP y, posteriormente, congelando el cronograma de visitas, por lo que más de la mitad de los prisioneros reconocidos por las FARC-EP padecen la prolongación de la privación de la libertad a falta de este requisito.

A este hecho hay que resaltar la violación a la dignidad humana y al derecho a la igualdad cometidas por el Secretario de la JEP contra las prisioneras y prisioneros integrantes de las FARC-EP, puesto que les ha restringido la toma de actas siendo población prioritaria, mientras que en lugares como el CRM de Valledupar sin listado ni filtro alguno ha tomado 70 actas de compromisos a militares, quienes fueron convocados de manera abierta a la suscripción de las actas.

6. A pesar que la OACP ha venido siendo informada de la situación de derechos humanos y humanitaria que padecen los prisioneros políticos y demás población carcelaria, adquiriendo compromisos de hacer seguimiento e intervenir en casos puntuales, a la fecha no se han visto resultados favorables, por el contario la situación de salud y seguridad de algunos prisioneros políticos se agrava, colocando en riesgo la integridad física y vida de los mismos, o de sus hijos, como sucedió con el bebé de la prisionera de guerra ROCIO CUELLAR GUEVARA, quien falleció por negligencia médica y tramites burocráticos por parte de las autoridades penitenciarias, a pesar que el tratamiento penal y penitenciario que se le debió dar a la prisionera corresponde a un trato especial en marco de la justicia especial para la paz.

La Coalición larga Vida a las Mariposas ha solicitado audiencia a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a fin de hacerle seguimiento al cumplimiento de la Ley de Amnistía como base para la Construcción de la Paz Estable y Duradera, teniendo en cuenta que se encuentran en riesgo el Acuerdo Especial de Paz y derechos protegidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
Así mismo, consideramos que tanto el gobierno como autoridades judiciales han incumplido los principios y beneficios de la Ley 1820 de 2016, violentando los derechos fundamentales al Debido Proceso, la Libertad, la igualdad y el principio de la Dignidad Humana de las personas procesadas o condenadas por pertenecer o colaborar con las FARC-EP.

Por lo anteriormente expuesto, de manera pública solicitamos:

- Al GOBIERNO NACIONAL el cumplimiento del Acuerdo de Paz y con celeridad expedirla totalidad de las certificaciones de reconocimiento de la OACP.
- Al SECRETARIO DE LA JEP tomar prioritariamente la suscripción de actas de todas las personas procesadas o condenadas por pertenecer o colaborar con las FARC-EP.
- Al CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA intervenir para que los Jueces de la Republica cumplan con la Ley 1820 de 2016 y su decreto reglamentario, y sancionar a quienes omiten su deber constitucional.
- A los Países Garantes, Noruega y Cuba, y a los acompañantes, Venezuela y Chile, intervenir para que el Estado Colombia cumpla la Amnistía para la Paz.

Colombia, abril 20 de 2017.



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